| Resolución | PS-00269-2018 |
| Firmado | 2019-05-24T00:00:00Z |
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En el procedimiento sancionador PS/00269/2018, se inició una investigación contra Vodafone España, S.A.U., debido a una denuncia presentada por A.A.A. La denunciante alegó que, en marzo de 2018, descubrió que a su nombre existían contrataciones de números de teléfono y servicios de internet y televisión en varias compañías, incluyendo Vodafone, sin su consentimiento. A.A.A. afirmó no reconocer ninguna de las líneas, direcciones o cuentas bancarias asociadas a estas contrataciones.
La denunciante presentó reclamaciones ante Movistar y Vodafone, pero no obtuvo respuesta satisfactoria. Además, se denunció el caso ante la Policía y se presentó una reclamación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). A pesar de estos esfuerzos, la situación no se resolvió, y la denunciante continuó sin recibir una solución adecuada por parte de Vodafone.
Se requirió a Vodafone que proporcionara la información y documentación necesaria para investigar la denuncia, pero la compañía no respondió a este requerimiento. Esto llevó a la conclusión de que Vodafone había tratado datos personales sin el consentimiento de la denunciante, lo cual constituía una infracción grave según la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
La sanción propuesta inicialmente fue de 70.000 euros, pero se ofrecieron reducciones por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario. Vodafone optó por pagar voluntariamente la sanción en la cuantía de 42.000 euros, haciendo uso de ambas reducciones. Este pago implicó el reconocimiento de responsabilidad y la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.
Finalmente, se declaró la terminación del procedimiento sancionador, notificándose la resolución a Vodafone España, S.A.U. La resolución se hizo pública una vez notificada a los interesados, y se informó sobre la posibilidad de interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.