AEPD sanciona a Bankia con 50.000 euros por enviar publicidad no solicitada a cliente que se había opuesto

Resolución PS-00259-2020
Firmado 2021-07-06T00:00:00Z
Enlace 📋

El cliente de Bankia denunció haber recibido una carta por correo postal que incluía información comercial sobre hipotecas, a pesar de haber solicitado previamente no recibir comunicaciones publicitarias. La entidad respondió inicialmente que había atendido su solicitud, pero el cliente recibió la carta casi dos años después. Bankia argumentó que la información comercial no constituía marketing directo y que no había habido un tratamiento adicional de datos con esa finalidad. Sin embargo, la resolución determinó que la comunicación sí era un ejemplo de marketing directo y que Bankia no tenía base jurídica para enviar esta publicidad después de que el cliente se hubiera opuesto. La entidad fue sancionada con una multa de 50.000 euros y se le ordenó ajustar sus operaciones de tratamiento de datos para cumplir con el RGPD.