AEPD sanciona a BBVA con 15.000 euros por enviar mensajes comerciales sin mecanismo gratuito de oposición

Resolución PS-00259-2018
Firmado 2018-07-16T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00259/2018, se denunció que Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) había enviado mensajes comerciales a través de SMS a una persona que no había solicitado ni autorizado dichas comunicaciones. La denunciante, D.D.D., recibió seis mensajes promocionales entre diciembre de 2017 y enero de 2018, ofreciendo productos de financiación.

La denuncia se basó en que BBVA no proporcionó un mecanismo gratuito para que los destinatarios pudieran oponerse al envío de estas comunicaciones comerciales. Según la normativa vigente, específicamente el artículo 21.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), las empresas deben ofrecer un procedimiento sencillo y gratuito para que los usuarios puedan negarse a recibir publicidad.

BBVA argumentó que la denunciante había autorizado el envío de publicidad al firmar un contrato de financiación, donde se incluía una cláusula que permitía el uso de sus datos para fines promocionales. Sin embargo, la denuncia destacó que los mensajes incluían un número de teléfono de tarificación adicional (902), lo cual no cumple con los requisitos de gratuidad establecidos por la ley.

La infracción se consideró leve y se propuso una sanción de 25.000 euros, que podría reducirse en un 20% si BBVA reconocía su responsabilidad y pagaba voluntariamente. Finalmente, BBVA optó por pagar la sanción reducida de 15.000 euros, reconociendo así su responsabilidad y aceptando la terminación del procedimiento. Este pago voluntario implicó el desistimiento de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.