La AEPD sanciona a SOBLADA RESTAURACIÓN por incumplir el RGPD en su sistema de videovigilancia

Resolución PS-00257-2023
Firmado 2025-11-19T00:00:00Z
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En el expediente EXP202302404, se denunció a SOBLADA RESTAURACIÓN, S.L. por la instalación de un sistema de videovigilancia en su restaurante ubicado en ***DIRECCIÓN.1. Los reclamantes, que prestan servicios en el establecimiento, alegaron que las cámaras eran inadecuadas y desproporcionadas, y que no había carteles informativos ni se les había informado sobre la instalación, sus finalidades ni el responsable del sistema.

La denuncia se fundamentó en dos principales cuestiones: la falta de proporcionalidad en la instalación de las cámaras, especialmente aquellas orientadas hacia la zona de mesas de los comensales en la terraza exterior, y la ausencia de señalización y información adecuada sobre la videovigilancia. Los reclamantes proporcionaron un reportaje fotográfico que mostraba la ubicación de las cámaras, evidenciando la falta de señalización y la orientación inadecuada de algunas de ellas.

Se determinó que SOBLADA RESTAURACIÓN había incumplido el principio de minimización de datos, establecido en el artículo 5.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), al capturar imágenes de manera desproporcionada y sin justificación clara. Además, se consideró que la empresa no había cumplido con la obligación de transparencia del tratamiento de datos, según el artículo 13 del RGPD, al no informar adecuadamente a los afectados sobre la existencia del sistema de videovigilancia y sus derechos.

Se propuso una sanción de 500 euros por cada infracción, totalizando 1.000 euros. Sin embargo, SOBLADA RESTAURACIÓN optó por el pago voluntario, beneficiándose de una reducción del 20% sobre la cuantía total, lo que resultó en una sanción final de 800 euros. Este pago voluntario implicó la terminación del procedimiento sancionador, aunque se ordenó a la empresa que adoptara medidas correctivas, como la reorientación o retirada de las cámaras inadecuadas y la colocación de carteles informativos en las zonas videovigiladas. La empresa tuvo un plazo de un mes para notificar la adopción de estas medidas.