Ayuntamiento de Burgos sancionado por incumplir resolución de supresión de datos personales

Resolución PS-00256-2024
Firmado 2025-05-23T00:00:00Z
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El Ayuntamiento de Burgos fue sancionado por no cumplir con una resolución que ordenaba la supresión de datos personales de un ciudadano. La reclamación se originó cuando el ciudadano ejerció su derecho de supresión de datos personales, pero el Ayuntamiento no atendió debidamente esta solicitud.

El procedimiento comenzó con una resolución que requería al Ayuntamiento que, en un plazo de diez días hábiles, remitiera una certificación que acreditara la supresión de los datos o, en su defecto, denegara la solicitud de manera motivada. Sin embargo, el Ayuntamiento no cumplió con este requerimiento ni respondió a los sucesivos recordatorios enviados.

El Ayuntamiento argumentó que la publicación de listados de admitidos y excluidos en procesos selectivos estaba amparada por las bases de la convocatoria y por el consentimiento implícito de los participantes. No obstante, esta justificación no fue considerada válida, ya que la resolución ya había sido firme y ejecutiva, y el Ayuntamiento no había presentado objeciones en el plazo correspondiente.

La infracción se tipificó como muy grave según el artículo 83.6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4% del volumen de negocio anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la cantidad mayor. Además, se ordenó al Ayuntamiento que, en un plazo de diez días hábiles, acreditara haber cumplido con la resolución de supresión de datos o denegara la solicitud de manera motivada, comunicando las actuaciones realizadas.

La sanción se impuso debido a la falta de cumplimiento de una resolución firme y ejecutiva, lo que constituye una infracción grave según la normativa de protección de datos.