| Resolución | PS-00249-2021 |
| Firmado | 2021-10-18T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador contra Vodafone España, S.A.U. se inició debido a una reclamación presentada por un cliente que denunció la exigencia de una deuda improcedente, la inclusión de líneas telefónicas con datos de terceros y la activación no autorizada de servicios profesionales. La empresa no respondió a los requerimientos de información, lo que agravó la situación.
La infracción se relacionó con el artículo 6.1 del RGPD, que establece las condiciones para el tratamiento lícito de datos personales. La sanción propuesta fue de 80.000 euros, con la posibilidad de reducirla en un 20% si se reconocía la responsabilidad o se pagaba voluntariamente.
Finalmente, Vodafone España optó por pagar voluntariamente la sanción reducida a 64.000 euros, lo que llevó a la terminación del procedimiento. Este pago implicó la renuncia a cualquier recurso administrativo contra la sanción.