| Resolución | PS-00249-2019 |
| Firmado | 2019-10-23T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00249/2019, se denunció que Vodafone España SAU había incrementado las facturas de un cliente sin su consentimiento, al activar servicios no solicitados. El cliente, D. A.A.A., recibió facturas correspondientes a otro usuario, lo que evidenció una vulneración de la confidencialidad de los datos personales.
El cliente solicitó las facturas a Vodafone para aclarar las discrepancias en la facturación, pero la empresa le envió, además de las suyas, facturas de otra persona, revelando datos personales de un tercero. Esta acción constituyó una infracción del artículo 5.1.f del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece que los datos personales deben ser tratados de manera que se garantice una seguridad adecuada y se protejan contra el tratamiento no autorizado o ilícito.
Vodafone no proporcionó ninguna información ni documentación solicitada para esclarecer los hechos denunciados, lo que agravó la situación. La entidad no tomó medidas para paliar los perjuicios sufridos por el cliente ni cooperó con la autoridad de control para remediar la infracción y mitigar sus efectos adversos.
Por estos motivos, se impuso a Vodafone España SAU una sanción de 60.000 euros. La sanción se consideró «muy grave» debido a la naturaleza de los datos afectados y la falta de cooperación de la empresa en la resolución del caso. La resolución se hizo pública una vez notificada a los interesados, y se advirtió a la entidad sancionada sobre la obligación de hacer efectiva la sanción en el plazo establecido.