| Resolución | PS-00245-2020 |
| Firmado | 2020-10-02T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador PS/00245/2020 se inició debido a una denuncia presentada por PLATA EVENTOS, S.L. contra AVATA HISPANIA, S.L. La denuncia reclamaba que AVATA HISPANIA había utilizado datos personales de PLATA EVENTOS, especialmente protegidos, una vez finalizado el contrato que les unía. PLATA EVENTOS alegó que, tras detectar deficiencias de seguridad en la plataforma de AVATA HISPANIA, solicitó la devolución y eliminación de los datos, pero AVATA HISPANIA se negó y continuó tratando los datos de los clientes de PLATA EVENTOS.
AVATA HISPANIA fue sancionada por incumplir el artículo 28.3.g) del RGPD, que obliga a los encargados del tratamiento a suprimir o devolver los datos personales una vez finalice la prestación de servicios. La sanción inicial fue de 5.000 euros, pero se redujo a 3.000 euros debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de AVATA HISPANIA. El procedimiento se terminó con el pago de esta cantidad.