| Resolución | PS-00232-2022 |
| Firmado | 2022-08-24T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El 11 de enero de 2022, A.A.A. recibió un correo electrónico comercial no solicitado de CLINT IS GOOD DIGITAL CREATIVE TEAM, S.L. El correo, enviado por B.B.B., presentaba los servicios de la empresa sin que el destinatario hubiera dado su consentimiento ni tuviera relación previa con la empresa. El reclamante solicitó información sobre el envío, pero la respuesta no fue satisfactoria y no proporcionó detalles sobre cómo ejercer sus derechos de protección de datos.
La empresa no presentó alegaciones ni pruebas que contradijeran los hechos denunciados. Se determinó que el envío de la comunicación comercial infringía el artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), que prohíbe el envío de comunicaciones comerciales sin consentimiento previo. La sanción impuesta fue de 500 euros debido a la falta de diligencia y la intencionalidad en la comisión de la infracción.