AEPD impone apercibimiento a B.B.B. por posible incumplimiento de la normativa de videovigilancia y exige aclaraciones sobre la legalidad del sistema.

Resolución PS-00222-2020
Firmado 2020-12-03T00:00:00Z
Enlace 📋

Doña A.A.A. denunció a B.B.B. por la instalación de cámaras de videovigilancia que podrían estar orientadas hacia espacios públicos o privados sin justificación. La reclamante presentó pruebas que confirmaban la presencia de las cámaras. El denunciado no respondió a las solicitudes de aclaración sobre la legalidad del sistema de videovigilancia. Se consideró que el sistema podría no cumplir con la normativa vigente, específicamente el artículo 5.1.c del RGPD, que exige que los datos personales sean adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario. Debido a la falta de respuesta y la posible vulneración de la normativa, se impuso un apercibimiento a B.B.B. Se le requirió que aclarara la legalidad del sistema y aportara la documentación necesaria en un plazo de un mes.