| Resolución | PS-00219-2019 |
| Firmado | 2020-12-11T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador PS/00219/2019 se inició tras una denuncia presentada por A.A.A., quien reclamaba que el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) le había requerido el pago de una deuda que no le pertenecía y había comunicado sus datos personales a una gestora de cobros. El reclamante alegó que no tenía ninguna vinculación con la sociedad deudora, POUSEN, S.L., y que había solicitado la cancelación de sus datos sin obtener respuesta.
BBVA argumentó que el reclamante mantenía posiciones deudoras en calidad de representante de POUSEN, S.L., pero el reclamante aportó documentación que demostraba su cese como administrador de la sociedad desde 2014. La entidad bancaria fue sancionada por tratar datos personales inexactos y no atender adecuadamente la solicitud de cancelación de datos del reclamante.
La sanción impuesta fue de 60.000 euros, pero BBVA optó por el pago voluntario, reduciendo la sanción a 36.000 euros. Este pago implicó el reconocimiento de responsabilidad y la terminación del procedimiento sancionador.