AEPD sanciona a B.B.B. por captar imágenes del espacio público sin justificación, vulnerando el RGPD

Resolución PS-00215-2020
Firmado 2020-11-26T00:00:00Z
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En el procedimiento PS/00215/2020, A.A.A. denunció a B.B.B. por la instalación de cámaras de videovigilancia orientadas hacia el espacio público, lo cual vulnera la normativa de protección de datos. B.B.B. alegó que las cámaras estaban informadas y no almacenaban imágenes, pero se constató que capturaban la acera pública y vehículos, afectando a terceros sin justificación.

Se propuso una sanción de 2.000 euros, reducida a 1.200 euros por el pago voluntario y reconocimiento de responsabilidad. B.B.B. pagó esta cantidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento. La sanción se impuso debido a la captación de imágenes de espacio público sin causa justificada, infringiendo el principio de minimización de datos del RGPD.