| Resolución | PS-00214-2023 |
| Firmado | 2024-04-01T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador se inició tras una denuncia del Equipo SEPRONA de Zaragoza por un posible incumplimiento de la normativa de protección de datos en un sistema de videovigilancia instalado por A.A.A. Las cámaras, ubicadas en una propiedad en ***DIRECCIÓN.1, grababan imágenes del entorno, incluyendo áreas públicas y privadas adyacentes, sin los distintivos informativos necesarios. A.A.A. alegó que las cámaras solo capturaban imágenes de su parcela y que había instalado carteles informativos. Sin embargo, se determinó que las cámaras capturaban imágenes excesivas, vulnerando el principio de minimización de datos del RGPD. Se propuso una multa de 500 euros, reducible a 400 euros con el pago voluntario. A.A.A. pagó la sanción, lo que llevó a la terminación del procedimiento. Se ordenó a A.A.A. ajustar el sistema de videovigilancia para que no capture imágenes del entorno adyacente en un plazo de tres meses.