AEPD sanciona a Eurodiner.es por incumplir el RGPD en la recogida de datos personales

Resolución PS-00214-2019
Firmado 2019-09-02T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00214/2019, se denunció que la página web de la empresa Eurodiner.es no cumplía con la normativa vigente en materia de protección de datos. La denuncia fue presentada por la Subdirección General de Coordinación, Calidad y Cooperación de Consumo del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, tras un barrido realizado por el Observatorio de Consumo en internet.

La denuncia se basaba en que la página web de Eurodiner.es, que incluye un formulario para la recogida de datos, no proporcionaba la información necesaria a los usuarios según lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Específicamente, la política de privacidad y el formulario de recogida de datos no incluían detalles esenciales como la identidad del responsable del tratamiento, los fines del tratamiento, los derechos de los interesados, entre otros.

La empresa Eurodiner.es fue requerida a proporcionar información sobre las causas de la incidencia y las medidas adoptadas para evitar futuras infracciones. Sin embargo, la empresa no respondió a estos requerimientos ni presentó alegaciones al acuerdo de inicio del procedimiento sancionador.

Se determinó que la falta de adaptación de la política de privacidad y el formulario de recogida de datos a la normativa vigente constituía una infracción del artículo 13 del RGPD, que establece la información que debe facilitarse a los interesados en el momento de la recogida de sus datos. Además, la falta de respuesta a los requerimientos de información fue considerada una infracción muy grave según la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).

Dado que la empresa no presentó alegaciones y no se corrigió la incidencia, se impuso una sanción de apercibimiento. Se requirió a Eurodiner.es que informara sobre las medidas adoptadas para cumplir con el RGPD y adaptara su página web para proporcionar la información necesaria a los usuarios en el momento de la recogida de sus datos. La resolución se hizo pública una vez notificada a los interesados, y se indicaron los recursos disponibles contra la misma.