| Resolución | PS-00212-2025 |
| Firmado | 2025-05-20T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC) fue sancionada debido a su negativa a proporcionar la información requerida en el marco de una investigación. La sanción se originó a partir de una reclamación presentada, en la cual se apreciaron indicios de incumplimiento de las normas de protección de datos.
REIAC recibió cuatro requerimientos de información, pero no respondió a ninguno de ellos. Esto obstaculizó la potestad de investigación, lo cual es una infracción tipificada en el artículo 83.5.e) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La sanción propuesta inicialmente fue de 600 euros, pero se redujo a 360 euros debido al reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario por parte de REIAC.
La sanción se justifica por la gravedad de la infracción, que afecta directamente la capacidad de las autoridades para investigar y garantizar el cumplimiento de las normativas de protección de datos. La resolución también ordena a REIAC que facilite la información requerida en un plazo de diez días hábiles desde que la resolución sea firme y ejecutiva.