| Resolución | PS-00212-2022 |
| Firmado | 2022-10-24T00:00:00Z |
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Un particular denunció la presencia de una cámara de videovigilancia mal orientada que captaba la vía pública sin causa justificada y sin cartel informativo. La investigación confirmó que la cámara del establecimiento «BAR NEW TEMPO» captaba imágenes de la acera y vehículos aparcados, afectando el espacio público. La sanción de 400 euros se impuso por incumplir el principio de minimización de datos del RGPD, ya que la cámara trataba datos de terceros sin justificación. Se ordenó al responsable retirar o regularizar la cámara y acreditar la medida adoptada.