| Resolución | PS-00210-2024 |
| Firmado | 2024-10-07T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La resolución sanciona a A.A.A. por no cumplir con las medidas ordenadas en una resolución anterior, específicamente la retirada o reorientación de una cámara de videovigilancia que captaba vía pública. La parte reclamada no atendió los requerimientos ni acreditó el cumplimiento de las medidas impuestas en el plazo establecido. La sanción impuesta es una multa de 900 euros debido a la infracción del artículo 58.2 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), tipificada en el artículo 83.6 del mismo reglamento. Además, se ordena a A.A.A. que acredite el cumplimiento de las medidas en un plazo de diez días desde que la resolución sea firme y ejecutiva.