| Resolución | PS-00209-2024 |
| Firmado | 2025-05-09T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un ciudadano solicitó el acceso a sus datos en el fichero de solvencia patrimonial y crédito ASNEF, donde se le informó que estaba incluido debido a un supuesto impago de un préstamo hipotecario del que era avalista. El ciudadano, sin embargo, demostró estar al corriente de pago y presentó una sentencia judicial que desestimaba la demanda de la entidad financiera. A pesar de las reclamaciones, la entidad no procedió a dar de baja sus datos en ASNEF.
La entidad financiera fue sancionada con 120.000 euros por tratar datos personales sin una base legal adecuada, vulnerando el artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos. La sanción se redujo debido al reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario por parte de la entidad. Además, se ordenó a la entidad que notificara la adopción de medidas correctivas para ajustar su actuación a la normativa de protección de datos.