AEPD sanciona a Vodafone con 16.800 euros por alta indebida de línea móvil sin consentimiento

Resolución PS-00205-2018
Firmado 2018-06-27T00:00:00Z
Enlace 📋

En el procedimiento sancionador PS/00205/2018, se denunció que Vodafone España, S.A.U. había dado de alta una línea móvil sin el consentimiento de D. F.F.F. El denunciante recibió una factura de 12 euros por el cambio a prepago y una reclamación de una empresa de recobro. La línea fue dada de alta con los datos del denunciante, pero con sus apellidos invertidos y un domicilio incorrecto.

Vodafone reconoció que se trataba de un error de alta debido a una portabilidad mal asignada. Sin embargo, este error implicó el tratamiento de datos personales sin el consentimiento del afectado, lo cual es una infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). Esta infracción se considera grave y puede ser sancionada con multas que van desde 40.001 euros a 300.000 euros.

La sanción propuesta inicialmente fue de 28.000 euros, pero se aplicaron reducciones por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario. Vodafone pagó 16.800 euros, lo que llevó a la terminación del procedimiento. La empresa reconoció su responsabilidad y renunció a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.