| Resolución | PS-00192-2022 |
| Firmado | 2023-03-21T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador se inició debido a la publicación por parte de la Corporación de Radio y Televisión Española (RTVE) del audio de la declaración de una víctima de violación múltiple en sus sitios web y perfiles de Twitter. La víctima denunció que su voz se podía identificar claramente, lo cual vulneraba su derecho a la protección de datos personales.
La voz es considerada un dato personal protegido por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La publicación de la voz de la víctima sin distorsionar fue considerada un tratamiento excesivo de datos personales, ya que no era necesario para la información periodística y ponía en riesgo su intimidad y seguridad.
La sanción propuesta inicialmente fue de 50.000 euros, pero se redujo a 30.000 euros debido al pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de RTVE. Este pago implicó la terminación del procedimiento sancionador y el reconocimiento de responsabilidad por los hechos denunciados.