| Resolución | PS-00186-2021 |
| Firmado | 2021-10-14T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Se denuncia la instalación de un sistema de videovigilancia en una vivienda, orientado hacia una franja de terreno de copropiedad y la vía pública. Los reclamantes, copropietarios del terreno y vecinos, presentaron evidencias como fotografías y certificados catastrales. La decisión concluye que la instalación vulnera el principio de proporcionalidad y la normativa de protección de datos, ya que capta imágenes de terceros sin causa justificada. Se dirige un apercibimiento a los responsables y se les ordena reorientar o retirar la cámara para evitar captar imágenes de espacios ajenos. La sanción se basa en la falta de justificación para la captación de imágenes de terceros y la vía pública.