AEPD sanciona con 1.200 euros a empresa por enviar correos comerciales tras solicitud de baja y ofrecer enlace incorrecto para darse de baja.

Resolución PS-00184-2023
Firmado 2023-07-28T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador se inició tras una reclamación de D. B.B.B. contra D. A.A.A. por el envío de correos electrónicos comerciales a pesar de haber solicitado no recibir más comunicaciones. La reclamación se basó en la presunta vulneración del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI).

Se denunció que el reclamante recibió correos publicitarios después de haber solicitado su baja, y que el enlace para darse de baja en los correos era incorrecto. La sanción propuesta fue de 2.000 euros por dos infracciones leves: el envío de correos comerciales tras la oposición del reclamante y la oferta de una dirección de correo electrónico no válida para ejercer los derechos de oposición.

El procedimiento se terminó debido al pago voluntario de la sanción por parte de D. A.A.A., quien reconoció su responsabilidad y optó por abonar 1.200 euros, beneficiándose de las reducciones previstas. Este pago implicó la terminación del procedimiento y el desistimiento de cualquier recurso administrativo.