| Resolución | PS-00178-2020 |
| Firmado | 2020-09-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Club Fútbol Base Denia fue sancionado por utilizar la imagen de un menor de edad con fines comerciales sin el consentimiento adecuado. El padre del menor había dado permiso para que se tomaran fotos del niño para ser publicadas en la web, redes sociales o prensa, pero no para su uso comercial en cromos. La entidad argumentó que el consentimiento verbal era suficiente, pero se determinó que no se informó adecuadamente sobre la cesión de datos a terceros ni sobre el uso comercial de las imágenes. La sanción impuesta fue un apercibimiento, ya que la actividad principal del club no está directamente vinculada al tratamiento de datos personales y no se habían cometido infracciones previas. Además, se ordenó al club adoptar medidas para garantizar que no se realicen ni difundan fotografías de menores sin el consentimiento de sus padres.