AEPD sanciona a Carrefour y Investcapital por cesión ilegal de datos sin consentimiento

Resolución PS-00177-2018
Firmado 2018-05-14T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00177/2018 se inició tras una denuncia presentada por A.A.A. contra SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, EFC., S.A. y INVESTCAPITAL MALTA LTD. La denuncia se basaba en que, tras haber saldado una deuda de 700 euros con CARREFOUR, la entidad vendió una parte de la deuda a INVESTCAPITAL MALTA LTD sin el consentimiento del denunciante. Además, CARREFOUR se negó a cancelar los datos personales del denunciante, a pesar de su solicitud.

Los hechos denunciados podrían constituir una infracción del artículo 11 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que regula la cesión de datos personales a terceros. La cesión de datos sin el consentimiento del interesado y sin una autorización legal es considerada una infracción grave, sancionable con multas que van desde 40.001 euros a 300.000 euros.

En el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador, se propuso una sanción de 60.000 euros, que podría reducirse en un 20% si se reconocía la responsabilidad o se realizaba un pago voluntario. Finalmente, SERVICIOS FINANCIEROS CARREFOUR, EFC., S.A. y INVESTCAPITAL MALTA LTD. optaron por el pago voluntario, abonando 36.000 euros, lo que implicó el reconocimiento de responsabilidad y la terminación del procedimiento. Este pago se realizó dentro del plazo concedido para formular alegaciones, renunciando a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.