Entidad sancionada con 16.000 euros por tratar datos bloqueados sin consentimiento del cliente

Resolución PS-00176-2024
Firmado 2025-03-10T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador se inició tras una reclamación de un cliente que solicitó la cancelación de sus tarjetas y la supresión de sus datos. Sin embargo, al solicitar una nueva tarjeta poco después, el cliente recibió respuestas indicando que no podía beneficiarse de las promociones para nuevos clientes debido a su historial reciente. El cliente denunció que sus datos habían sido tratados de manera ilícita, ya que estaban bloqueados y no deberían haber sido utilizados para esta decisión.

La entidad reclamada argumentó que el tratamiento de los datos fue necesario para cumplir con obligaciones contractuales y legales, y que el bloqueo de los datos no impide su acceso para ciertos fines específicos. Sin embargo, la propuesta de resolución determinó que el tratamiento de los datos bloqueados sin consentimiento del interesado constituía una infracción del artículo 6.1 del RGPD.

Finalmente, la entidad pagó voluntariamente la sanción propuesta de 20.000 euros, con una reducción del 20% por el pago anticipado, quedando la sanción en 16.000 euros. Este pago implicó la terminación del procedimiento sin perjuicio de la imposición de las medidas correspondientes.