| Resolución | PS-00175-2023 |
| Firmado | 2024-02-22T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un cliente denunció a Posada de Llerena, S.L. por solicitarle que enviara una fotografía de su DNI a través de correo electrónico o WhatsApp como condición para acceder a un apartamento reservado. El cliente se negó y, al llegar al establecimiento, se le negó el acceso al alojamiento. La empresa justificó su solicitud alegando la necesidad de cumplir con la normativa de registro de viajeros, pero se determinó que la solicitud de copia del DNI era excesiva y no necesaria para cumplir con dicha normativa. La empresa fue sancionada con una multa de 2.000 euros por vulnerar el principio de minimización de datos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, se le ordenó que cesara en la práctica de solicitar copias de documentos de identidad y que adecuara su actuación a la normativa de protección de datos en un plazo de tres meses.