| Resolución | PS-00175-2019 |
| Firmado | 2019-08-13T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/00175/2019, se denunció que la empresa VF JEANSWEAR ESPAÑA S.L. (VF) utilizaba cookies en su sitio web sin obtener el consentimiento previo de los usuarios. La denuncia, presentada por A.A.A., señalaba que al acceder a la página web de Vans Spain S.L., no se informaba sobre el uso de cookies y se instalaban automáticamente sin consentimiento explícito.
La investigación reveló que VF cargaba cookies publicitarias al acceder a la página web, sin proporcionar información clara al usuario. Aunque se habían realizado cambios en la web para incluir un aviso de cookies y una configuración de preferencias, las cookies seguían instalándose con la primera visita. Esto constituía una infracción del artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI), que exige el consentimiento informado del usuario para el uso de cookies.
La infracción fue calificada como leve y se propuso una sanción de 5.000 euros. Sin embargo, la empresa optó por pagar voluntariamente una cantidad reducida de 3.000 euros, reconociendo así su responsabilidad. Este pago voluntario, realizado dentro del plazo concedido para formular alegaciones, implicó la terminación del procedimiento sancionador y la renuncia a cualquier recurso administrativo contra la sanción. La decisión se basó en la normativa vigente que permite la terminación del procedimiento sancionador mediante el pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad.