| Resolución | PS-00174-2019 |
| Firmado | 2019-11-13T00:00:00Z |
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El procedimiento sancionador PS/00174/2019 se inició tras una denuncia presentada por A.A.A. contra la Confederación General del Trabajo, Federación Intercomarcal Tarragona. La denuncia se basaba en la difusión no consentida de información personal sensible de A.A.A. a través de un correo electrónico enviado a cuatrocientos afiliados del sindicato. La información divulgada incluía detalles sobre un procedimiento en curso por maltrato verbal y acoso, la relación personal y familiar de A.A.A., su estado de gestación y su dirección particular.
La investigación confirmó que la Confederación General del Trabajo había vulnerado el principio de integridad y confidencialidad de los datos personales, establecido en el artículo 5.1 f) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Esta infracción se consideró muy grave según el artículo 72.1.a) de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).
La sanción propuesta inicialmente ascendía a 5.000 euros, pero se ofrecieron reducciones por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario. La Confederación General del Trabajo optó por pagar 3.000 euros, haciendo uso de ambas reducciones, lo que implicó el reconocimiento de su responsabilidad y la terminación del procedimiento sancionador. Este pago se realizó dentro del plazo concedido para formular alegaciones, lo que también conllevó la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.