AEPD sanciona a Telefónica Móviles con 16.800 euros por tratar datos personales sin consentimiento

Resolución PS-00174-2018
Firmado 2018-05-29T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00174/2018, se denunció que Telefónica Móviles España, S.A.U. (TME) había reclamado una factura de 2.17 euros a B.B.B., quien no era cliente de la empresa. Además, B.B.B. recibió llamadas de una empresa de recobro exigiendo el pago de dicha factura. La denunciante alegó que nunca había contratado el servicio y que sus datos personales habían sido tratados sin su consentimiento.

La investigación reveló que TME tenía los datos de B.B.B. asociados a un número de teléfono, con varias facturas emitidas y luego anuladas. La empresa reconoció que no había podido localizar el contrato correspondiente a la línea en cuestión. Estos hechos constituyeron una infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), que exige el consentimiento inequívoco del afectado para el tratamiento de sus datos personales.

La sanción propuesta inicialmente fue de 28.000 euros, pero se aplicaron dos reducciones del 20% cada una por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario. Esto resultó en una sanción final de 16.800 euros. El pago de esta cantidad por parte de TME implicó la terminación del procedimiento y el reconocimiento de responsabilidad por los hechos denunciados.