AEPD Multa a KAPTIVE ENERGY EMPIRE por Comunicaciones Comerciales No Solicitadas y Vulneración de Datos Personales

Resolución PS-00172-2025
Firmado 2025-09-11T00:00:00Z
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El expediente N.º EXP202504232 se refiere a una reclamación presentada por un usuario que denunció haber recibido una llamada telefónica y un mensaje de texto no solicitados de KAPTIVE ENERGY EMPIRE, S.L. (KAPTIVE). La llamada y el mensaje, que incluían un enlace a una página web con datos personales del reclamante, se realizaron sin su consentimiento previo. El reclamante alegó que la llamada y el mensaje eran de una empresa de electricidad, y que el mensaje incluía un enlace a una página web donde se mostraban todos sus datos personales sin su autorización.

Durante la investigación, se verificó que la llamada y el mensaje provenían de un número de teléfono asignado a KAPTIVE. Sin embargo, la entidad no proporcionó información sobre el origen de los datos del reclamante ni sobre su posible vinculación con la parte reclamada para una campaña de captación de clientes. Además, se comprobó que el sitio web mencionado en el mensaje estaba inaccesible y que KAPTIVE no había depositado cuentas anuales, lo que dificultó estimar su volumen de negocio.

La decisión concluyó que KAPTIVE había vulnerado el artículo 66.1.b) de la Ley General de Telecomunicaciones (LGTel), que establece el derecho de los usuarios a no recibir llamadas no deseadas con fines comerciales sin su consentimiento previo. Dado que KAPTIVE no respondió a las solicitudes de información y no se pudo demostrar la existencia de una base legitimadora válida para la comunicación, se consideró que la entidad había incumplido la normativa vigente.

Como resultado, se impuso a KAPTIVE una multa de 5.000 euros por la infracción grave cometida. La sanción se justifica por la vulneración de los derechos de los usuarios a la privacidad y a no recibir comunicaciones comerciales no deseadas, así como por la falta de colaboración de la entidad durante el procedimiento sancionador.