AEPD sanciona a GAES con 48.000 euros por enviar publicidad sin consentimiento

Resolución PS-00165-2018
Firmado 2018-06-14T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00165/2018, se denunció a la empresa GABINETES DE AUDIOPRÓTESIS, ELECTROMEDICINA Y SERVICIOS, S.A. (GAES) por el uso indebido de datos personales sin consentimiento para campañas publicitarias. Los denunciantes, A.A.A., B.B.B., C.C.C. y D.D.D., alegaron que recibieron publicidad personalizada de GAES sin haber dado su consentimiento, y que sus datos personales fueron obtenidos de fuentes no autorizadas.

La denuncia se basó en que GAES, a través de su proveedor AGME Direct, utilizó datos personales de los denunciantes para enviarles publicidad postal. Los datos incluían nombres, apellidos y direcciones postales, y se obtuvieron de directorios de abonados a servicios telefónicos y otras fuentes accesibles al público. Los denunciantes ejercieron su derecho de acceso a sus datos ante AGME Direct, quien confirmó la procedencia de los datos pero no pudo acreditar el consentimiento explícito de los afectados.

La infracción se consideró grave según el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que establece que el tratamiento de datos personales requiere el consentimiento inequívoco del afectado. Además, se determinó que GAES no había adoptado las medidas necesarias para garantizar el respeto a los derechos y principios establecidos en la LOPD, lo que agravaba la infracción.

Se propuso una sanción de 60.000 euros, pero GAES optó por pagar voluntariamente 48.000 euros, haciendo uso de una reducción del 20% por pago anticipado. Este pago conllevó la terminación del procedimiento sancionador y la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. La resolución se notificó a GAES y se hizo pública conforme a la normativa vigente.