| Resolución | PS-00164-2023 |
| Firmado | 2024-05-14T00:00:00Z |
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Un vecino denunció a su vecino por instalar una cámara de videovigilancia que captaba imágenes de su acceso a la vivienda sin autorización. La denuncia se fundamenta en el incumplimiento del principio de minimización de datos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La parte reclamada no respondió a los requerimientos ni formuló alegaciones, por lo que se consideró responsable de la infracción. Se le impuso una multa de 300 euros y se le ordenó retirar o reorientar la cámara para que no captara el acceso a la vivienda del denunciante. La sanción se justifica por la vulneración del artículo 5.1.c) del RGPD, que establece que los datos personales deben ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines del tratamiento.