Rechazan reclamación por uso no consentido de datos en contratación de suministro de gas

Resolución PS-00163-2024
Firmado 2025-05-19T00:00:00Z
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La decisión se refiere a una reclamación presentada por A.A.A. contra WATIUM S.L., comercializadora de MASLUZ ENERGÍA, por el uso no consentido de sus datos personales para la contratación de un suministro de gas. La reclamante alega que nunca dio su consentimiento para la contratación y que recibió facturas impagadas sin haber suscrito ningún contrato.

La reclamante, representada por FACUA Jaén, solicitó la anulación de la deuda y la exclusión de sus datos de cualquier fichero de solvencia patrimonial. Además, WATIUM S.L. interpuso una demanda judicial que fue desestimada por falta de prueba de la existencia de una relación contractual.

Durante el procedimiento, WATIUM S.L. presentó una grabación telefónica y un contrato firmado por INSIGNIA GAS S.L., pero no por la reclamante. También aportó un certificado de una entidad de confianza que verificaba la comunicación por SMS para la aceptación del contrato. Sin embargo, la reclamante no siguió el procedimiento establecido para confirmar el contrato, lo que generó dudas sobre la validez del consentimiento.

La entidad reclamada argumentó que la cesión de datos a WATIUM S.L. se realizó en el marco de una operación societaria, amparada por la presunción de interés legítimo según la LOPDGDD. Además, presentó facturas y pagos realizados por la reclamante, lo que, según ellos, demostraba la existencia de una relación contractual.

Finalmente, se concluyó que el contrato fue debidamente formalizado y que la cesión de datos a WATIUM S.L. estaba amparada por la normativa vigente. Por lo tanto, se archivó el procedimiento sancionador contra WATIUM S.L.