| Resolución | PS-00161-2020 |
| Firmado | 2021-06-03T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
B.B.B. fue denunciado por instalar una cámara de videovigilancia que captaba imágenes de la propiedad colindante y de la vía pública sin la debida señalización informativa. La reclamación se basó en la falta de autorización y señalización de la cámara, lo que vulneraba el principio de proporcionalidad y el deber de información establecidos en el RGPD. Debido a que se trata de un particular sin actividad principal vinculada al tratamiento de datos y no se aprecia reincidencia, se decidió sancionar con un apercibimiento. Además, se le requirió reorientar o retirar la cámara, colocar un dispositivo informativo visible y mantener la información a disposición de los afectados.