| Resolución | PS-00156-2020 |
| Firmado | 2021-03-25T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un vecino denunció la presencia de una cámara de vigilancia en la entrada de un edificio en la calle ***DIRECCIÓN.1, orientada hacia la vía pública sin el cartel informativo obligatorio. La cámara grababa imágenes de personas sin su consentimiento, vulnerando el principio de minimización de datos del RGPD. Además, no se proporcionó la información necesaria sobre el tratamiento de datos, como exige el artículo 12 del RGPD. Se impuso una sanción de 1.500 euros por cada infracción, totalizando 3.000 euros, debido a la falta de justificación y la negligencia en el cumplimiento de la normativa de protección de datos.