| Resolución | PS-00150-2018 |
| Firmado | 2018-05-29T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El procedimiento sancionador PS/00150/2018 se inició tras una denuncia presentada por A.A.A., quien reclamó que BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. (BBVA) había incluido sus datos personales en ficheros de solvencia patrimonial y crédito sin realizar un requerimiento previo de pago. Además, A.A.A. denunció que las empresas EQUIFAX IBERICA, S.L. y EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. no le habían comunicado su inclusión en dichos ficheros.
La denuncia se basó en que BBVA había informado a los ficheros de solvencia sobre deudas impagadas del denunciante, sin haberle notificado previamente para que pudiera pagar y evitar la inclusión en dichos registros. Esto ocurrió antes del 24 de abril de 2017, fecha en la que el denunciante se percató de la situación al solicitar una hipoteca.
Durante la investigación, se determinó que BBVA había incluido los datos del denunciante en los ficheros ASNEF y BADEXCUG sin cumplir con el requisito legal de notificar previamente al afectado. Esta práctica vulnera el principio de calidad de los datos, que establece que los datos personales deben ser exactos y actualizados, y que solo pueden ser registrados y cedidos si son determinantes para evaluar la solvencia económica del interesado y si responden con veracidad a su situación actual.
La sanción propuesta inicialmente fue de 70.000 euros, pero BBVA optó por reconocer su responsabilidad y realizar el pago voluntario de la sanción, beneficiándose de dos reducciones del 20% cada una. Esto llevó a que la sanción final fuera de 42.000 euros, lo que implicó la terminación del procedimiento sancionador. El pago voluntario y el reconocimiento de responsabilidad por parte de BBVA conllevaron la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción.