Vodafone España paga 43.200 euros y cierra sanción de la AEPD por tratamiento indebido de datos personales

Resolución PS-00148-2018
Firmado 2018-05-29T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00148/2018 se inició debido a una denuncia presentada por A.A.A. contra VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. La denuncia se basaba en que la empresa había facturado doce facturas a A.A.A. por servicios contratados por un tercero, B.B.B., y había incluido los datos personales de A.A.A. en el fichero de solvencia patrimonial BADEXCUG durante tres años.

La denuncia se fundamentaba en que los datos personales de A.A.A. fueron tratados sin su consentimiento y que estos datos fueron incluidos incorrectamente en un fichero de solvencia patrimonial, lo cual vulneraba la normativa de protección de datos. Además, se alegaba que la deuda que motivó la inclusión en el fichero había sido anulada y desvinculada del denunciante.

La entidad VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. fue acusada de dos infracciones graves: la primera, por tratar datos personales sin el consentimiento del afectado, y la segunda, por incluir datos inexactos en un fichero de solvencia patrimonial. Estas infracciones podrían haber sido sancionadas con multas de hasta 300.000 euros cada una.

Sin embargo, la empresa optó por pagar voluntariamente una sanción reducida de 43.200 euros, lo que implicó el reconocimiento de su responsabilidad y la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa. Este pago voluntario llevó a la terminación del procedimiento sancionador, evitando así un proceso más largo y costoso. La sanción se redujo debido a la regularización de la situación por parte de la empresa, que anuló la deuda y excluyó los datos del denunciante del fichero de solvencia antes de la fecha de la denuncia.