| Resolución | PS-00147-2018 |
| Firmado | 2018-07-16T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
En el procedimiento sancionador PS/147/2018, se denunció a la empresa Orange por haber tratado los datos personales de D. A.A.A. sin su consentimiento y haberlos incluido en el fichero de solvencia patrimonial y crédito ASNEF. La denuncia se basó en que una tercera persona había utilizado el DNI de D. A.A.A. para realizar una contratación a su nombre, lo que resultó en facturas impagadas y la inclusión de su DNI en el fichero de morosos.
La investigación reveló que, el 17 de abril de 2015, se produjo un error en los sistemas de Orange al modificar los datos de una línea móvil, cambiando el DNI del titular legítimo por el de D. A.A.A. Esto llevó a que las facturas impagadas fueran asociadas a D. A.A.A., quien no tenía ninguna deuda con la compañía. La deuda fue incluida en el fichero de solvencia BADEXCUG el 28 de junio de 2015 y permaneció allí hasta el 27 de julio de 2017, cuando Experian, la empresa gestora del fichero, procedió a su cancelación tras la reclamación de D. A.A.A.
Orange reconoció su responsabilidad y procedió al pago voluntario de la sanción impuesta, que ascendió a 84.000 euros. Este pago se realizó con las reducciones previstas en el acuerdo de inicio, que conllevan la renuncia a cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción y el reconocimiento de responsabilidad. La sanción se impuso debido a la falta de diligencia de Orange en la gestión de los datos personales y la inclusión errónea de los datos de D. A.A.A. en el fichero de solvencia, lo que vulneró los principios de protección de datos.