| Resolución | PS-00145-2020 |
| Firmado | 2021-01-28T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un empleado del Ayuntamiento de Istán denunció que su superior solicitó y revisó imágenes de las cámaras de videovigilancia para verificar sus movimientos durante su jornada laboral. El empleado alegó que no se le había informado sobre el uso de las cámaras para control laboral, lo que vulneraba su derecho a la intimidad y a la protección de datos. El Ayuntamiento argumentó que las cámaras se instalaron para garantizar la seguridad del edificio y no para el control de empleados. Sin embargo, se determinó que el uso de las imágenes para verificar el desempeño laboral del empleado fue ilícito y no transparente, infringiendo el principio de licitud y transparencia del RGPD. Por ello, se impuso una sanción de apercibimiento al Ayuntamiento de Istán.