AEPD sanciona a página web por incumplir el derecho al olvido y no eliminar datos personales solicitados

Resolución PS-00144-2025
Firmado 2026-02-10T00:00:00Z
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El caso en cuestión gira en torno a una denuncia presentada por un usuario que reclamaba la eliminación de sus datos personales de una página web que se encontraba temporalmente fuera de servicio. El usuario alegaba que, a pesar de haber solicitado la eliminación de sus datos, estos seguían siendo accesibles en la página web mencionada.

La denuncia se basaba en la supuesta vulneración del derecho a la protección de datos personales, específicamente en lo que respecta al derecho al olvido y a la eliminación de datos personales. El usuario argumentaba que la página web, al mantener sus datos accesibles, estaba incumpliendo con las normativas vigentes sobre protección de datos.

Tras la investigación, se determinó que la página web en cuestión no había implementado las medidas necesarias para garantizar la eliminación de los datos personales del usuario, a pesar de haber recibido la solicitud correspondiente. Además, se encontró que la página web no contaba con un sistema adecuado para gestionar las solicitudes de eliminación de datos, lo que constituía una falta de diligencia en la protección de los datos personales de los usuarios.

Como resultado de estas irregularidades, se impuso una sanción al responsable de la página web. La sanción se justificó por la falta de cumplimiento de las obligaciones legales en materia de protección de datos, así como por la falta de implementación de medidas técnicas y organizativas adecuadas para garantizar la eliminación de los datos personales solicitada por el usuario. La sanción buscaba no solo reparar el daño causado al usuario, sino también servir como un ejemplo para otros responsables de páginas web, subrayando la importancia de cumplir con las normativas de protección de datos y de implementar sistemas eficientes para gestionar las solicitudes de los usuarios.