| Resolución | PS-00144-2021 |
| Firmado | 2021-06-29T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
El Ayuntamiento de ***AYUNTAMIENTO.1 fue sancionado por una infracción relacionada con la protección de datos personales. Un empleado público presentó una reclamación de cantidad contra el ayuntamiento, y una trabajadora del consistorio envió la sentencia judicial, que contenía datos personales del reclamante, a través de WhatsApp a varios trabajadores. Esta acción vulneró los principios de integridad y confidencialidad establecidos en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
El ayuntamiento no respondió a los requerimientos de información enviados por la inspección, lo que agravó la situación. La sanción impuesta fue de apercibimiento, ya que el ordenamiento jurídico español no permite sancionar con multas a las entidades públicas. Además, se ordenó al ayuntamiento ajustar sus operaciones de tratamiento de datos a las disposiciones del RGPD y reportar su cumplimiento en un plazo de un mes.