| Resolución | PS-00143-2020 |
| Firmado | 2020-10-21T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un propietario denunció a la comunidad de vecinos por exponer públicamente en el tablón de anuncios una convocatoria a junta que incluía su nombre y la cantidad de una deuda pendiente. La comunidad argumentó que este método era necesario para asegurar la notificación, ya que el propietario no recibía las comunicaciones ordinarias. Sin embargo, esta acción vulneró el principio de integridad y confidencialidad de los datos personales establecido en el artículo 5.1.f del RGPD. La sanción impuesta fue un apercibimiento, requiriendo a la comunidad que adopte medidas para garantizar la protección de los datos en el futuro.