AEPD sanciona a GRUPO MORATA Y COMES (RENOVEDUCH) por llamadas publicitarias no solicitadas a números inscritos en la Lista Robinson

Resolución PS-00142-2018
Firmado 2018-04-18T00:00:00Z
Enlace 📋

En el procedimiento sancionador PS/00142/2018, se denunció a la entidad GRUPO MORATA Y COMES (RENOVEDUCH) por realizar una llamada telefónica no solicitada a A.A.A. El denunciante recibió una llamada el 15 de septiembre de 2017, en la que se le ofrecía publicidad de RENOVEDUCH, a pesar de que su número estaba inscrito en la Lista Robinson de AIDIGITAL, un fichero de exclusión de acciones publicitarias.

La entidad reconoció haber adquirido una guía telefónica para realizar una campaña comercial, pero admitió que no había cruzado los datos con la Lista Robinson hasta mediados de noviembre de 2017. Esto implicaba que habían realizado llamadas a personas que habían expresado su deseo de no ser contactadas para fines publicitarios, lo cual constituye una infracción del artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

La infracción se consideró grave, ya que se trataba de datos de carácter personal sin el consentimiento de las personas afectadas. La sanción propuesta inicialmente fue de 5.000 euros, pero se ofrecieron reducciones por el reconocimiento de responsabilidad y el pago voluntario. La entidad optó por pagar voluntariamente la sanción en la cuantía de 3.000 euros, lo que llevó a la terminación del procedimiento.

La sanción se justificó por la falta de diligencia en la actuación de la entidad, que no había adoptado medidas suficientes para evitar el tratamiento de datos de personas que habían expresado su oposición a recibir llamadas publicitarias. La resolución destacó la importancia de cumplir con las normativas de protección de datos y la necesidad de implementar medidas adecuadas para respetar la privacidad de los ciudadanos.