Caixabank multada con 200.000 euros por mantener datos de cliente durante 16 años más de lo permitido

Resolución PS-00140-2024
Firmado 2025-06-05T00:00:00Z
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Un cliente denunció a CAIXABANK por recibir una comunicación postal sobre la actualización de su política de privacidad, a pesar de no ser cliente de la entidad. La comunicación informaba sobre tratamientos de datos y la posibilidad de recibir ofertas personalizadas. El cliente solicitó acceso a sus datos y descubrió que CAIXABANK mantenía información sobre un contrato de garantía hipotecaria que había sido cancelado en 2008. La entidad argumentó que el contrato de crédito estaba vigente hasta 2030, pero finalmente reconoció que no había finalizado el trámite de cancelación en sus sistemas.

La decisión sancionó a CAIXABANK por mantener los datos del cliente durante casi 16 años más de lo necesario, infringiendo el principio de limitación del plazo de conservación de datos del RGPD. La sanción impuesta fue de 200.000 euros, justificada por la gravedad de la infracción, la duración del mantenimiento indebido de los datos y la necesidad de establecer una sanción disuasoria para evitar futuras infracciones. La entidad también fue notificada sobre la obligación de cumplir con la resolución y los plazos para interponer recursos.