| Resolución | PS-00133-2022 |
| Firmado | 2023-02-21T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Un vecino, B.B.B., fue sancionado con una multa de 1.000 euros por la mala colocación de una cámara de videovigilancia en su garaje. La cámara afectaba a zonas comunes del inmueble sin la debida autorización de la Junta de propietarios. Además, el cartel informativo de la cámara hacía referencia a una normativa derogada y no incluía el código postal ni el número de piso. La sanción se impuso debido a la infracción del artículo 6.1 e) del RGPD, que establece que el tratamiento de datos debe ser necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. La cámara estaba mal orientada, afectando a derechos de terceros sin causa justificada.