| Resolución | PS-00130-2023 |
| Firmado | 2023-10-06T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
La empresa LODEJU, S.L. fue sancionada con una multa de 3000 euros por infracciones relacionadas con la videovigilancia. La reclamación se basó en que la empresa tenía cámaras orientadas hacia la vía pública sin autorización administrativa y sin carteles informativos adecuados. Las cámaras capturaban imágenes de espacios públicos y privados sin justificación, afectando la intimidad de los vecinos y transeúntes. Además, la empresa no contaba con la señalización necesaria para informar sobre la videovigilancia. La sanción se impuso por vulnerar los artículos 5.1.c y 13 del RGPD, que establecen la necesidad de que los datos personales sean adecuados, pertinentes y limitados, y que se informe a los afectados sobre el tratamiento de sus datos.