| Resolución | PS-00129-2023 |
| Firmado | 2024-01-30T00:00:00Z |
| Enlace | 📋 |
Una persona denunció a la empresa ENERGÍA COLECTIVA, S.L. (LUCERA) por cobrarle el suministro de energía de un domicilio que no le correspondía, además de mantener su suministro con otra compañía. La reclamante solicitó un cambio de suministradora de Endesa a Lucera, pero se le facturó un domicilio incorrecto y continuó recibiendo facturas de Endesa. La empresa fue sancionada con una multa de 70.000 euros por no cumplir con el principio de exactitud de los datos personales, según el artículo 5.1.d del RGPD. La sanción se debe a la falta de diligencia en verificar la información proporcionada durante el proceso de cambio de suministradora, lo que resultó en la facturación incorrecta y perjuicios económicos para la reclamante.