Telefónica Multada con 66.000 Euros por Incluir Datos Inexactos en Ficheros de Solvencia sin Consentimiento

Resolución PS-00129-2018
Firmado 2018-05-16T00:00:00Z
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El procedimiento sancionador PS/00129/2018 se inició debido a una denuncia presentada por A.A.A., quien descubrió que sus datos personales habían sido incluidos en los ficheros de solvencia patrimonial ASNEF y BADEXCUG por impagos de servicios de Telefónica de España, S.A.U. A.A.A. afirmaba no haber contratado dichos servicios y había presentado una denuncia por suplantación de personalidad ante la policía.

Telefónica de España, S.A.U. reconoció que los datos de A.A.A. habían sido incluidos en estos ficheros debido a una deuda por servicios contratados entre 2001 y 2012. Sin embargo, la entidad no pudo localizar los contratos correspondientes y admitió que había cometido un error al incluir los datos de A.A.A. en los ficheros de solvencia sin el debido consentimiento y sin verificar la exactitud de la información.

La denuncia se basaba en dos infracciones graves: la primera, por tratar datos personales sin el consentimiento del afectado, lo cual es una infracción grave según el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). La segunda, por incluir datos inexactos en ficheros de solvencia patrimonial, lo cual también es una infracción grave según el artículo 4.3 de la LOPD.

La sanción propuesta inicialmente ascendía a 88.000 euros, pero se redujo a 66.000 euros debido al reconocimiento de responsabilidad y al pago voluntario por parte de Telefónica de España, S.A.U. La entidad optó por pagar esta cantidad, lo que llevó a la terminación del procedimiento sancionador. La resolución destacó la importancia de la diligencia en el tratamiento de datos personales y la necesidad de verificar la exactitud de la información antes de incluirla en ficheros de solvencia.