AEPD sanciona con 5.000 euros a usuario de Telegram por publicar imágenes de una menor sin consentimiento y vulnerar el RGPD

Resolución PS-00126-2024
Firmado 2024-09-23T00:00:00Z
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Se denuncia la publicación en un canal de Telegram de imágenes de una menor de edad sin su consentimiento. La menor, de 17 años, aparece en las fotos junto a su padre, y en los comentarios se la identifica incorrectamente como su «amiga». La publicación generó comentarios negativos y cuestionamientos sobre su relación con su padre. La parte reclamada no retiró el contenido a pesar de las notificaciones y requerimientos. Se impone una multa de 5.000 euros y se ordena la retirada definitiva del contenido publicado, ya que se considera una infracción del principio de minimización de datos del RGPD, al tratar datos personales innecesarios y excesivos. La sanción se justifica por la gravedad de la infracción, la intencionalidad y el impacto en los derechos de la menor.