AEPD sanciona a YO COBRO con 60.000 euros por vulnerar la privacidad de una reclamante al enviar correos a su dirección laboral sin consentimiento

Resolución PS-00121-2019
Firmado 2019-05-23T00:00:00Z
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En el procedimiento sancionador PS/00121/2019, se denunció que la entidad GESTIÓN DE COBROS, YO COBRO SL había enviado correos electrónicos reclamando una deuda a la dirección institucional de trabajo de la reclamante, a pesar de que esta nunca había facilitado dicha dirección. La reclamante había solicitado un microcrédito a través de la página web de «María Dinero» y, tras amortizar la deuda, comenzó a recibir correos de «YO COBRO» en su dirección personal y laboral, lo cual vulneraba su intimidad y privacidad.

La entidad «María Dinero» había cedido el expediente de la reclamante a «YO COBRO» para la recuperación de la deuda, pero no supervisó las prácticas de cobro utilizadas. La entidad de cobro, sin embargo, envió correos a la dirección institucional de la reclamante, accesible por sus compañeros de trabajo, lo cual constituyó una infracción del artículo 5.1.f) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que establece la obligación de garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales.

La entidad «YO COBRO» no respondió a los requerimientos informativos y no presentó alegaciones durante el procedimiento, lo que agravó la situación. La sanción impuesta fue de 60.000 euros debido a la gravedad y duración de la infracción, la intencionalidad o negligencia, y la falta de cooperación con la autoridad de control. La resolución también advierte a la entidad sobre la necesidad de cumplir con las normativas de protección de datos y de evitar prácticas que vulneren la intimidad y privacidad de las personas.